DEROGACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Noticias relacionadas con la derogación de la Ley Orgánica de la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio publicadas en diversos medios impresos nacionales, reseñan que la Asamblea Nacional (AN) sancionó la derogatoria de la Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio por considerar que esa normativa no se adapta a la realidad del país.El Diario El Tiempo señala que con esta decisión los parlamentarios le dan carta blanca al Ejecutivo para llevar adelante la redacción del texto que regirá el nuevo ordenamiento político territorial de la nación planteado por el primer mandatario, y que incluso podría desembocar en la reducción del número de alcaldías y gobernaciones del país.
Según el diputado Luis Sánchez (MVR), la ley que fue aprobada el 11 de agosto de 2005 y publicada en la Gaceta Oficial N° 5.820 del 1° de septiembre de 2006, poseía una vacatio legis hasta el 28 de este mes. “Carecía de toda lógica poner en vigencia un instrumento legal cuyo contenido contrariaba incluso la propia Constitución. Era innecesario tener una ley que nunca iba a entrar en vigencia”.
Gestión comunitaria
En esa misma línea declaró el también asambleísta del MVR, Manuel Briceño, quien explicó que antes que reformar el texto era preferible derogarlo para iniciar una nueva discusión.
Acotó que se desconoce si el instrumento que regirá la materia será elaborado por el Ejecutivo a través de la Habilitante o por la AN, en todo caso, se deja el espacio abierto para que el mismo se ajuste al proyecto nacional y a la nueva visión del país que busca fortalecer la integración territorial y que está incluido en el denominado cuarto motor de la revolución, referido a la nueva geometría del poder.
“Se trata de que la gestión pública de los territorios sea asumida por la comunidad organizada”.
En opinión de Briceño, la nueva ley dará un soporte para que el Estado venezolano tenga presencia en toda la geografía nacional, a objeto de que “las poblaciones desarrollen su capacidad productiva en sus lugares de origen”, pues a su juicio la forma en la que actualmente se divide el territorio es una de las causas de la exclusión de algunas regiones del país al progreso.
Negó que quede un vacío jurídico con la derogación de la norma dado que continuarán en vigor la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio y la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística.
Según el diputado Luis Sánchez (MVR), la ley que fue aprobada el 11 de agosto de 2005 y publicada en la Gaceta Oficial N° 5.820 del 1° de septiembre de 2006, poseía una vacatio legis hasta el 28 de este mes. “Carecía de toda lógica poner en vigencia un instrumento legal cuyo contenido contrariaba incluso la propia Constitución. Era innecesario tener una ley que nunca iba a entrar en vigencia”.
Gestión comunitaria
En esa misma línea declaró el también asambleísta del MVR, Manuel Briceño, quien explicó que antes que reformar el texto era preferible derogarlo para iniciar una nueva discusión.
Acotó que se desconoce si el instrumento que regirá la materia será elaborado por el Ejecutivo a través de la Habilitante o por la AN, en todo caso, se deja el espacio abierto para que el mismo se ajuste al proyecto nacional y a la nueva visión del país que busca fortalecer la integración territorial y que está incluido en el denominado cuarto motor de la revolución, referido a la nueva geometría del poder.
“Se trata de que la gestión pública de los territorios sea asumida por la comunidad organizada”.
En opinión de Briceño, la nueva ley dará un soporte para que el Estado venezolano tenga presencia en toda la geografía nacional, a objeto de que “las poblaciones desarrollen su capacidad productiva en sus lugares de origen”, pues a su juicio la forma en la que actualmente se divide el territorio es una de las causas de la exclusión de algunas regiones del país al progreso.
Negó que quede un vacío jurídico con la derogación de la norma dado que continuarán en vigor la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio y la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística.
Comentarios
Amiga me parece que tienes material muy valioso, pero lamentablemente con el tipo de fondo cuesta mucho su lectura.
PDUL MANEIRO: sería posible obtener información del estado de avance de la aprobación en Cámara? sería posible obtener un plano de la propuesta del plan?
la LOU: Sería posible obtener información de la legalidad actual de ese instrumento? reformas, modificaciones, ?
PDUL MARIÑO: Actualmente existe todo un proceso de formulación de su PDUL, impulsado desde la Alcaldía y con la asistencia de la comunidad porlamarense organizada en la comisión Especial para el reimpulso del progreso en Porlamar, a la cual estoy vinculado por el tema de construcción de ciudadanía. Me parece que su experiencia podría ser relevante para la materialización de estas iniciativas.
PDUL MANEIRO: En un primer vistazo muy superficial de la propuesta en proceso de aprobación municipal, me pareció no encontrar con suficiente presencia el tema de construcción y formación ciudadana que está mencionado en la Constitución en más de 18 de sus artículos, y en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en más de 21, además de un capítulo completo de esa ley dedicado a ese tema. Abría espacio en este PDUL para llevar a efecto esta formación tranversal a todos los procesos urbanos, con la fuerza y obligatoriedad que las leyes le dan?
Gracias y felicitaciones por su inicitaiva en este blogg.
cordialmente
HECTOR HERRERA hherrera2003@yahoo.com